Régimen sancionador tributario y revisión en vía administrativa

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By Jose Manuel Ferro Veiga

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Algunos ciudadanos intentan cada año saltarse el cerco de la Agencia Tributaria y librarse del pago de impuestos con diversas argucias y artimañas. Sin embargo, el control de Hacienda sobre los malos contribuyentes es cada vez mayor, al igual que sus sanciones y los motivos por los que estas se pueden imponer. No presentar la Declaración del IRPF en plazo, no indicar un cambio de domicilio o adjuntar algún dato erróneo son algunas de las infracciones penadas con una multa económica. La Agencia Tributaria contempla la posibilidad de imponer otro tipo de castigos a quienes se saltan las normas y cometen infracciones graves o muy graves. Los castigos del fisco son múltiples y muy variados. En principio, se puede multar a cualquier contribuyente que oculte datos. Conviene cerciorarse de que la Declaración de la Renta se ha cumplimentado de manera correcta porque cometer errores, como rellenar las casillas con datos erróneos, puede salir caro.

Hacienda entiende que hay ocultación de información a la Administración tributaria cuando no se presenten declaraciones o se haga con hechos u operaciones que no se han realizado o cuyos importes son falsos, igual que si se omiten de forma total o parcial operaciones, ingresos, rentas, productos, bienes o cualquier otro dato que incida en la determinación de la deuda tributaria. También se considera un fraude cualquier anomalía sustancial en la contabilidad y en los libros o registros de una sociedad privada.


Conlleva su correspondiente pena fiscal la declaración incorrecta de los libros de contabilidad, con asientos, registros o importes falsos, la omisión de operaciones realizadas o las cuentas incorrectas, así como emplear facturas, justificantes u otros documentos falsos. Un supuesto más que se castiga es el intento del contribuyente por ocultar su identidad real a través de terceras personas o entidades interpuestas, con o sin su consentimiento, con el objetivo de atribuirles la titularidad de ciertos bienes o derechos, o la obtención de las rentas o ganancias patrimoniales.

Una de las infracciones más habituales del contribuyente es la comisión de errores al realizar la declaración y, en consecuencia, al no ingresar a Hacienda la cantidad correspondiente como resultado de su IRPF. En este caso, para calcular a cuánto asciende la multa, hay que conocer cuál es la base de la sanción, que equivale a la cuantía no ingresada en la autoliquidación como consecuencia de la comisión de la infracción, es decir, la cantidad que se debe a Hacienda.

La multa que impone la Agencia Tributaria en estos casos será leve cuando la base de la sanción sea inferior o igual a 3.000 euros o cuando sea superior y no haya ocultación. Por el contrario, no será leve cuando se hayan utilizado facturas, justificantes o documentos falsos o falseados.

La sanción por infracción leve consistirá en una multa pecuniaria proporcional del 50% sobre la cantidad que se ha dejado de pagar a Hacienda.

La infracción será grave cuando la base de la sanción sea superior a 3.000 euros y haya ocultación. En este caso, los contribuyentes deberán pagar una multa de entre el 50% y el 100% de la cantidad que dejaron de abonar a Hacienda.

La infracción se considera muy grave cuando la Administración comprueba que se han utilizado medios fraudulentos.


Sanciones tributarias son reproches que impone la Administración tributaria al responsable de una infracción tributaria. Las sanciones pueden ser: 1) multas pecuniarias (dinero), fijas o proporcionales, aplicándose las proporcionales sobre la cuota tributaria y, en su caso, los recargos legalmente establecidos sobre las cuantías que se hubieren dejado de...

Régimen sancionador tributario y revisión en vía administrativa